Francisca Meza Carranza
Chilpancingo, Gro., 18 de julio (PlanB).-El Congreso del Estado emitió las convocatorias para el proceso de consulta dirigido a personas con la condición del espectro autista en Guerrero, para la elaboración de una nueva legislación en la materia, y para observadoras y observadores de este.
La creación de una nueva ley de autismo en Guerrero surgió a raíz de la acción de inconstitucionalidad 146/2024 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la recién aprobada Ley 832, publicada en agosto de 2024, de la que su decreto fue invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en abril del año pasado.
De acuerdo con la convocatoria emitida mediante la Comisión de Salud de la 64 Legislatura, la consulta busca fortalecer la atención, inclusión y protección de las personas con la condición del espectro autista en Guerrero, en cumplimiento de la sentencia emitida por la Corte.
Indica que podrán participar personas con la condición del espectro autista; niñas, niños y adolescentes; familiares, tutores y redes de apoyo; docentes; psicólogos, médicos y terapeutas; organizaciones de la sociedad civil; instituciones públicas y privadas, así como cualquier persona interesada. La participación no estará condicionada a la presentación de diagnóstico médico, certificado o documento oficial.
La convocatoria establece tres modalidades de participación: la primera consiste en asistir al Foro de Consulta, que se realizará el 20 de agosto de 2026, a las 10:00 de la mañana, en las instalaciones del Congreso local, mediante mesas de trabajo; la segunda será con un buzón físico instalado en la misma sede en Chilpancingo, disponible del 3 al 20 de agosto, en un horario de 9:00 de la mañana a 3:00 de la tarde. La tercera modalidad permitirá enviar opiniones mediante un buzón digital, disponible del 3 al 20 de agosto de 2026.
El Congreso aseguró que el proceso contará con medidas de accesibilidad, entre ellas espacios tranquilos, reducción de ruido, control de luces y estímulos, áreas de descanso, personal de apoyo y condiciones de accesibilidad para todas las personas.
Asimismo, indicó que la información será difundida en formatos accesibles, incluidos versión técnica, lectura fácil, documentos accesibles, materiales visuales y pictográficos, así como videos didácticos.
Las opiniones que se reciban serán registradas, analizadas, sistematizadas y consideradas dentro del proceso legislativo correspondiente. Además, el informe final de la consulta será público y se difundirá en formatos accesibles.
En tanto, la convocatoria para observadoras y observadores del proceso de consulta está dirigida a instituciones públicas y privadas, organismos autónomos, organizaciones de la sociedad civil, colectivos, instituciones académicas, especialistas, personas defensoras de derechos humanos y público interesado.
Indica que las personas observadoras podrán dar seguimiento al desarrollo de las mesas de trabajo y demás actividades consultivas, verificar las condiciones de accesibilidad e inclusión, formular observaciones generales sobre el proceso y contribuir al fortalecimiento de las buenas prácticas de participación y accesibilidad, sin sustituir las funciones de moderación, conducción o toma de decisiones.
La convocatoria establece que las personas observadoras deberán actuar con imparcialidad, objetividad, legalidad, respeto, no intervención indebida y máxima publicidad. Antes del inicio de sus funciones recibirán una plática introductoria sobre los objetivos, etapas y principios rectores de la consulta, así como sobre los mecanismos de participación, las medidas de accesibilidad implementadas y las características del informe u observaciones que podrán presentar al concluir el proceso.
El registro para participar como observadora u observador permanecerá abierto desde la publicación de la convocatoria y hasta el 13 de agosto de 2026. Asimismo, las actividades de observación deberán desarrollarse respetando las medidas de accesibilidad, regulación sensorial, ajustes razonables y condiciones de inclusión implementadas durante el proceso consultivo.
Al concluir las actividades, el Congreso del Estado podrá expedir constancias de participación a las personas, instituciones u organizaciones acreditadas como observadoras.


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